¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE LA SEXOLOGÍA?
La Sexología es la ciencia (logia) que estudia el sexo. Sexo viene de sexare (separar, sección…) y comprende todo aquello que tiene que ver con la diferencia, con el hecho de ser, sentirse y expresare como hombre y mujer.
Este hecho de ser “hombre” y “mujer”, de tener en definitiva un sexo, es el eje central de la sexología.
Desde este punto de vista, las demandas sexológicas pueden venir desde distintas posibilidades:
- Desde las conductas. Expresiones sexuales múltiples: besos, caricias, coitos…
- Desde la identidad. Sentirse hombre o mujer,
- Desde la orientación. Hacia donde dirijo mis preferencias, teniendo en cuenta mi propio sexo (hombre o mujer) y el de las personas con las que me relaciono (hombre o mujer).
- Desde la interacción. Todo lo que implica encuentro entre hombre y mujer (pareja, afectos, tareas domésticas, crianza familiar, planes de futuro, rupturas…) son cuestiones centrales de interés sexológico.
A modo de ejemplo, no sólo sería una demanda sexológica una eyaculación precoz, una ausencia de deseo o la elaboración de un programa de Educación Sexual para prevenir embarazos y SIDA. También lo sería todo lo relacionado con la convivencia en pareja, hablemos o no de relaciones eróticas.
Todo lo que tiene que ver con la relación entre hombres y mujeres, no sólo lo que le sucede a sus cuerpos y sus genitales al encontrarse; sino lo que les sucede a sus vidas por el hecho de ser hombres y mujeres, son el campo de aplicación de la sexología. Desde este aspecto, la convivencia hombre-mujer es un nucleo privilegiado de la sexología: comunicación, distintas necesidades afectivas, maternidad-paternidad, mediación en separación y divorcios…
En el plano individual todo lo relacionado con heterosexualidad, homosexualidad o transexualidad, serían otros ejemplos de los campos que abarca la sexología.
Y todas estás cuestiones se trabajan o enfocan desde tres formatos: Educación, Asesoramiento y Terapia.
Salud Sexual.
La promoción de la salud sexual es fundamental para la consecución de la salud y el bienestar y desde la AES uno de nuestros principales objetivos, sino el más importante, es la promoción del bienestar desde una salud sexual definida en positivo, una sexualidad diversa y rica como lo es el ser humano.
Por ello, junto con la World Association for Sexual Health (WAS), de la que formamos parte activa, estamos comprometidos con en la defensa y promoción de las ocho metas concretas contempladas en el documento de Salud Sexual para el Milenio, una labor siempre realizada desde un enfoque multidimensional y un enfoque integrado e integral de la salud sexual.
- Reconocer, promover, garantizar y proteger los derechos sexuales para todos.
- Avanzar hacia la igualdad y la equidad de género.
- Condenar, combatir y reducir todas las formas de violencia relacionadas con la sexualidad.
- Proveer acceso universal a la información completa y educación integral de la sexualidad.
- Asegurar que los programas de salud reproductiva reconozcan el carácter central de la salud sexual.
- Detener y revertir la propagación de la infección por el VIH y otras infecciones de transmisión sexual.
- Identificar, abordar y tratar las preocupaciones, las disfunciones y los trastornos sexuales.
- Lograr el reconocimiento del placer sexual como un componente de la salud y el bienestar total.
Derechos sexuales
La sexualidad es una parte integral de la personalidad de todo ser humano. Su desarrollo pleno depende de la satisfacción de necesidades humanas básicas como el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional, placer, ternura y amor.
La sexualidad se construye a través de la interacción entre el individuo y las estructuras sociales. El desarrollo pleno de la sexualidad es esencial para el bienestar individual, interpersonal y social.
Los derechos sexuales son derechos humanos universales basados en la libertad, dignidad e igualdad inherentes a todos los seres humanos. Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico. Para asegurar el desarrollo de una sexualidad saludable en los seres humanos y las sociedades, los derechos sexuales, expuestos a continuación, deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos por todas las sociedades con todos sus medios. La salud sexual es el resultado de un ambiente que reconoce, respeta y ejerce estos derechos sexuales:
1.- EL DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO-DISCRIMINACIÓN
Toda persona tiene derecho a disfrutar de los derechos sexuales de esta declaración sin distinción alguna de raza, etnicidad, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, lugar de residencia, posición económica, nacimiento, discapacidad, edad, nacionalidad, estado civil y familiar, orientación sexual, identidad y expresión de género, estado de salud, situación social y económica o cualquier otra condición.
2.- EL DERECHO A LA VIDA, LIBERTAD Y SEGURIDAD DE LA PERSONA
Toda persona tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad, estos derechos no pueden ser amenazados, limitados o retirados de forma arbitraria por razones relacionadas con la sexualidad, Estas razones incluyen; orientación sexual, comportamientos y prácticas sexuales consensuales, identidad y expresión de género, o por acceder o proveer servicios relacionados con la salud sexual y reproductiva.
3.- EL DERECHO A LA AUTONOMÍA E INTEGRIDAD DEL CUERPO
Toda persona tiene el derecho de controlar y decidir libremente sobre asuntos relacionados con su cuerpo y su sexualidad. Esto incluye la elección de comportamientos, prácticas, parejas y relaciones interpersonales con el debido respeto a los derechos de los demás, La toma de decisiones libres e informadas requiere de consentimiento libre e informado previo a cualquier prueba, intervención, terapia, cirugía o investigación relacionada con la sexualidad.
4.- EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE TORTURA, TRATO O PENA CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
Nadie será sometido a torturas, tratos o penas degradantes, crueles e inhumanos relacionados con la sexualidad, incluyendo: prácticas tradicionales dañinas; la esterilización forzada, la anticoncepción o aborto forzados; y otras formas de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos por motivos relacionados con el sexo, género, orientación sexual, identidad y expresión de género y la diversidad corporal de la persona,
5.- EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y DE COERCIÓN
Toda persona tiene derecho a una vida libre de violencia y coerción relacionada con la sexualidad, esto incluye: la violación, el abuso sexual, el acoso sexual, el bullying, la explotación sexual y la esclavitud, la trata con fines de explotación sexual, las pruebas de virginidad, y la violencia cometida por razón de prácticas sexuales, de orientación sexual, de identidad, de expresión de género y de diversidad corporal reales o percibidas.
6.- EL DERECHO A LA PRIVACIDAD
Toda persona tiene derecho a la privacidad, relacionada con la sexualidad, lo vida sexual, y las elecciones con respecto a su propio cuerpo, las relaciones sexuales consensuales y prácticas sin interferencia ni intrusión arbitrarias. Esto incluye el derecho a controlar la divulgación a otras personas de la información personal relacionada con la sexualidad.
7.- EL DERECHO AL GRADO MÁXIMO ALCANZABLE DE SALUD, INCLUYENDO LA SALUD SEXUAL QUE COMPRENDE EXPERIENCIAS SEXUALES PLACENTERAS, SATISFACTORIAS Y SEGURAS
Toda persona tiene el derecho de obtener el grado máximo alcanzable de salud y bienestar en relación con su sexualidad, que incluye experiencias sexuales placenteras, satisfactorias y seguras. Esto requiere de servicios de atención a la salud sexual de calidad, disponibles, accesibles y aceptables, así como el acceso a los condicionantes que influyen y determinan la salud incluyendo la salud sexual.
8.- EL DERECHO A GOZAR DE LOS ADELANTOS CIENTÍFICOS Y DE LOS BENEFICIOS QUE DE ELLOS RESULTEN.
Toda persona tiene el derecho a disfrutar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones en relación con la sexualidad y la salud sexual.
9.- EL DERECHO A LA INFORMACIÓN
Toda persona debe tener acceso a información precisa y comprensible relacionada con la sexualidad, la salud sexual y los derechos sexuales a través de diferentes recursos o fuentes. Tal información no debe ser censurada o retenida arbitrariamente ni manipulada intencionalmente.
10.- EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN INTEGRAL DE LA SEXUALIDAD.
Toda persona tiene derecho a la educación y a una educación integral de la sexualidad. La educación Integral de la sexualidad debe ser apropiada a la edad, cientificamente correcta, culturalmente competente y basada en los derechos humanos, la igualdad de género y con un enfoque positivo de la sexualidad y el placer.
11.- EL DERECHO A CONTRAER, FORMAR O DISOLVER EL MATRIMONIO Y OTRAS FORMAS SIMILARES DE RELACIONES BASADAS EN LA EQUIDAD Y EL PLENO Y LIBRE CONSENTIMIENTO
Toda persona tiene el derecho a elegir casarse o no casarse y a, con libre y pleno consentimiento, contraer matrimonio, mantener una relación de pareja o tener relaciones similares. Todas las personas tienen los mismo derechos en cuanto a contraer matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución de las relaciones, sin discriminación ni exclusión de cualquier tipo. Este derecho incluye la igualdad de acceso a la asistencia social y otros beneficios, independientemente de la forma de dicha relación.
12.-EL DERECHO A DECIDIR TENER HIJOS, EL NÚMERO Y ESPACIAMIENTO DE LOS MISMOS, Y A TENER ACCESO A LA INFORMACIÓN Y LOS MEDIOS PARA LOGRARLO
Toda persona tiene el derecho de decidir tener o no hijos y el número y espaciamiento de los mismos, Para ejercer este derecho se requiere acceder a las condiciones que influyen y determinan la salud y el bienestar, incluyendo los servicios de salud sexual y reproductiva relacionados con el embarazo. la anticoncepción, la fecundidad, la interrupción del embarazo y la adopción.
13.- EL DERECHO A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO, OPINIÓN Y EXPRESIÓN
Toda persona tiene el derecho a la libertad de pensamiento, opinión y expresión sobre la sexualidad y tiene el derecho a expresar su propia sexualidad a través de, por ejemplo, su apariencia, comunicación y comportamiento con el debido respeto al derecho de los demás.
14.- EL DERECHO A LA LIBRE ASOCIACIÓN Y REUNIÓN PACÍFICAS.
Toda persona tiene el derecho a organizarse pacíficamente, a asociarse, reunirse, protestar y a defender sus ideas con respecto a la sexualidad, salud sexual y derechos sexuales.
15.- EL DERECHO A PARTICIPAR EN LA VIDA PÚBLICA Y POLÍTICA.
Toda persona tiene el derecho a un ambiente que permita la participación activa, libre y significativa y que contribuya a aspectos civiles, económicos, sociales, culturales, políticos y otros de la vida humana, a niveles locales, nacionales, regionales e internacionales. Especialmente, todas las personas tienen el derecho a participar en el desarrollo y la implementación de políticas que determinen su bienestar, incluyendo su sexualidad y salud sexual.
16.- EL DERECHO AL ACCESO A LA JUSTICIA Y A LA RETRIBUCIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN.
Toda persona tiene el derecho de acceso a la justicia, a la retribución y a la indemnización por violaciones a sus derechos sexuales. Esto requiere medidas efectivas, adecuadas, accesibles y apropiadas de tipo educativo, legislativo y judicial entre otras. La indemnización incluye el resarcimiento a través de la restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y la garantía de que no se repetirá el acto agravante.
LOS DERECHOS SEXUALES SON DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES Y UNIVERSALES.
. La Declaración de los Derechos Sexuales de WAS fue originalmente proclamada en el 13er Congreso Mundial de Sexología en Valencia, España en 1997, posteriormente, en 1999, una revisión fue aprobada en Hong Kong por la Asamblea General de WAS y luego reafirmada en la declaración de WAS: “Salud Sexual para el Milenio” (2008).
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